El pasado 3 de abril, un contribuyente de San Luis Potosí interpuso un amparo en el que solicitó que el presidente López Obrador tomara medidas para condonar, eximir o prorrogar impuestos como consecuencia de la emergencia sanitaria por el Covid-19.
El amparo fue impugnado por la Procuraduría Fiscal debido a que no se considera ninguno de los supuestos previstos en la Ley de Amparo.
“El Primer Tribunal Colegiado en Materias Civil y Administrativa en San Luís Potosí, revocó por considerar ilegal la suspensión de plano concedida por el Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de San Luis Potosí, a la empresa Cano Soto y Asociados, Sociedad Anónima de Capital Variable, dentro del juicio de amparo 293/2020, dejando sin efectos la suspensión previamente otorgada”, detalló Hacienda en un comunicado.
La Procuraduría Fiscal de la Federación, añade el documento, se mantendrá atenta al debido cumplimiento de las obligaciones fiscales y procederá conforme a dichas facultades en caso de incumplimiento.

